Luego de que el Ministerio de Trabajo asegurara que acabar los contratos de prestación de servicio con el Estado en cuatro meses era una labor imposible de ejecutar el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, emitieron una circular conjunta en la que hacen precisiones en la materia tanto a órganos, organismos y entidades descentralizadas nacionales y territoriales.
En el documento publicado este viernes, el Gobierno abrió en la puerta a hacer adiciones a los contratos de prestación de servicios luego de cuatro meses.
Las entidades explicaron que estos contratos se pueden suscribir cuando se necesite contar con 'una experticia o conocimiento especializado con el que no se cuente en la planta de personal'.
Además, podrá hacerse cuando el contratista sea una mujer en estado de gestación, en licencia de maternidad o que tengas limitaciones de salud, esto según el gobierno 'en aras de garantizar la estabilidad ocupacional'.
Se indica que cuando el contrato deba hacerse por más de 4 meses deberán expresarse las razones por las que se optó por un plazo mayor de ejecución y los motivos por los que es conveniente proveer tal necesidad.
La circular, que está dirigida a órganos, organismos y entidades del sector central descentralizado de la Rama Ejecutiva nacional y territorial, contiene una serie de recomendaciones fundamentadas en el Artículo 2, Numeral 4, Literal H de la Ley 1150 de 2007.
La circular está firmada por los directores de Función Pública, César Augusto Manrique y de Colombia Compra Eficiente, Stalin Ballesteros García.
Sobre la contratación se aclara que ninguna entidad podrá celebrar contratos por prestación con personas que ya tengan contratos con otras entidades publicas que pertenezcan a otra rama y orden.