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La plenaria de la Cámara aprobó el pasado martes, en último debate, con 96 votos a favor y 30 en contra, el proyecto de ley estatutaria que estructura la jurisdicción agraria y rural.

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Según el Gobierno, el espíritu de la norma es la protección de los derechos de propiedad y el establecimiento dentro de la legalidad para resolver conflictos agrarios de manera expedita.

Se trata, dijo el ministro de Justicia, Néstor Osuna, de un avance significativo para saldar la deuda histórica del Estado colombiano con la ruralidad y cumplir con los compromisos del acuerdo de paz de 2016.

Esta ley estatutaria reglamenta lo establecido en la Constitución Nacional, reformada a través del acto legislativo 03 de 2023 que crea la jurisdicción agraria y que concede a jueces y magistrados la autoridad para resolver, de manera especializada y pacífica, los conflictos agrarios y rurales del país.

Sobre la iniciativa, a la que solo le resta la conciliación en las plenarias y de ahí pasará a manos de la Corte Constitucional para el análisis de exequibilidad con la Carta Magna, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, comentó que 'Colombia tendrá jueces dedicados a resolver los conflictos agrarios en todo el país, y los campesinos y campesinas contarán con garantías para resolver los conflictos relacionados con la tenencia de tierras”.

Osuna, además, agregó: “Este proyecto tiene como finalidad proteger la propiedad rural, no tiene ningún contenido implícito o explícito que tenga que ver con la expropiación. Se crean unos jueces que resuelven pleitos aplicando el derecho vigente de la propiedad sobre el uso de la tierra. Solo crea un mecanismo para proteger la propiedad”.

Pero desde el Centro Democrático, Hernán Cadavid señaló: 'Queremos saber si es un impacto fiscal o una aproximación de costos'. Ante esto el representante del Pacto Histórico, Heráclito Landinez, respondió los recursos están asegurados. 'El Ministerio de Hacienda asignará 134 mil millones de pesos para su implementación', dijo.

A su turno, el representante Pedro Baracutao habló de la importancia de los facilitadores de dicha jurisdicción para poder llegar a lo más profundo de los territorios. 'Hay zonas que están a más de 15 horas en mula y es importante llegar a todas las zonas campesinas', señaló el congresista.

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Por su parte la representante liberal Karyme Cotes resaltó que este proyecto se relaciona con el eje 1 y 2 del Plan Nacional de Desarrollo, lo que lo hace importante para el desarrollo rural. 'Esta iniciativa hace parte de un engranaje que permitirá garantizar derechos', dijo.

El Ministerio de Justicia había explicado que para que se pudiera poner en funcionamiento la jurisdicción agraria, era necesario que el Congreso de la República estableciera las reglas que la regularan y definieran su integración y estructura en armonía con la Rama Judicial. Por ello, se tramitó este último proyecto estatutario.

La iniciativa busca instaurar una regulación procesal, autónoma y especial para los asuntos agrarios, definir el mecanismo para su inclusión en la judicatura y cambiar el nombre de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia a Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, incluyendo todos los ajustes operativos necesarios para su eficiente funcionamiento.

Entre tanto, hay otro proyecto de ley ordinaria, radicado en noviembre de 2023, que aún no se ha debatido en la Comisión Primera del Senado.

Frente a si el proyecto pone en riesgo el derecho de propiedad privada, dice el Gobierno que es falso y que 'la ley busca proteger los derechos de propiedad y establecer un procedimiento especial para resolver conflictos de manera expedita siguiendo las normas agrarias vigentes. No modifica las reglas jurídicas para asignar derechos de propiedad'.

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Acerca de si el proyecto promueve la invasión de tierras, dice la cartera de Justicia que es falso: 'La iniciativa respeta la propiedad legítimamente adquirida y no incentiva la invasión de tierras. Los jueces agrarios solucionarán las disputas sobre la tierra'.

El proyecto, agrega el Ejecutivo, tampoco otorga poderes excesivos a los jueces agrarios. Los jueces agrarios tendrán facultades para acceder a sistemas de información del Estado y solicitar documentos necesarios, manteniendo las facultades existentes en la legislación actual, explica.

'¿Los jueces podrán fallar sin práctica de pruebas? Falso. El proyecto incorpora la figura de sentencia anticipada, vigente en el Código General del Proceso, para acelerar los procesos judiciales', se lee.

Y al cuestionamiento de si los jueces agrarios podrán despojar a otros jueces del trámite de sus procesos. Dice el Ministerio de Justicia que es falso y que 'los jueces agrarios conocerán todos los asuntos relacionados con predios rurales y actividades agrícolas, conforme al Acto Legislativo de la Jurisdicción Agraria y Rural'.