El Consejo de Estado informó este jueves en un comunicado que mediante sentencia proferida este 19 de septiembre, la Sección Quinta declaró la nulidad de la Resolución 1549 de 2023, por la cual el Consejo Nacional Electoral, CNE, reconoció la personería jurídica del partido político Nueva Fuerza Democrática.
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“La alta corporación encontró infringidos los artículos 108 de la Constitución, 3º de la Ley 130 de 1994 y 3º de la Ley 1475 de 2011 y la configuración de la falsa motivación, en tanto la autoridad electoral utilizó los efectos ‘inter comunis’ dispuestos en la sentencia SU – 257 de 2021 proferida por la Corte Constitucional; sin que tales lineamientos se ajustaran a la situación padecida por la referida agrupación política”, se lee.
El máximo tribunal de lo contencioso administrativo encontró que, conforme al material probatorio, el CNE dio por demostradas situaciones de violencia que, en realidad no tuvieron una relación de causalidad directa y efectiva con el derecho fundamental de participación de sus militantes, seguidores y directivos, pues se produjo en un contexto que no se aviene a la violencia sistemática, grave, insuperable, que correspondieron a lo sucedido por el partido Nuevo Liberalismo, circunstancias a las cuales se refirió la sentencia de unificación.
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Por último, el Consejo de Estado moduló los efectos de la sentencia, para indicar que estos se daban hacia el futuro, en consideración a que en vigencia de tal reconocimiento, el partido Nueva Fuerza Democrática ejerció variados derechos, entre otros, el de avalar candidatos a las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023, con lo cual se respeta los principios de confianza legítima y buena fe de los elegidos.