BOGOTÁ. Ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes fue radicada el pasado lunes, de manera virtual, la ponencia para primer debate de la polémica reforma a la salud 2.0 del gobierno del presidente Gustavo Petro.
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Este martes, entre tanto, será entregado el documento en físico ante la célula legislativa de asuntos sociales de la cámara baja.
El articulado fue acumulado con el proyecto presentado el 1 de agosto pasado por organizaciones de salud y las representantes independientes Julia Miranda, Jennifer Pedraza, Catherine Juvinao y otros.
La coordinación ponente quedó a cargo de los representantes María Eugenia Lopera, del Partido Liberal; Alfredo Mondragón, del Pacto Histórico; y Camilo Esteban Ávila, de La U.
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Previamente a su radicación, se realizaron varias mesas técnicas y una audiencia pública, primero, para escuchar y recoger sugerencias de profesionales de salud y la sociedad civil y, segundo, para la discusión entre los ponentes.
La ponencia articula los proyectos de ley 312 de 2024 y 135 de 2024, con 58 artículos y ocho títulos.
La reforma plantea la Atención Primaria en Salud (APS), desde la que se implementará el Modelo de Salud Predictivo, Preventivo y Resolutivo como la política de salud estatal.
Además, propone la reorganización del financiamiento y de las redes de servicios de salud, la transformación de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), que asumirá el papel de pagador único, encargándose de la distribución directa de los recursos hacia los prestadores de servicios de salud y las entidades gestoras.
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También está entidad tendrá un rol regulador en la evaluación y pago de servicios mediante un sistema de tarifas estandarizado y ajustes periódicos en la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Las Gestoras de Salud y Vida, que reemplazan a las EPS, serán entidades creadas en el marco de la reforma del sistema de salud en Colombia, encargadas de gestionar integralmente los riesgos de salud de la población asignada.
Estas entidades pueden ser de naturaleza pública, privada o mixta, siempre que cumplan con los requisitos normativos de habilitación establecidos por la Superintendencia Nacional de Salud.
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Su función principal incluye coordinar con las Direcciones de Salud y los Centros de Atención Primaria (CAPS) la estructuración de Redes Integrales e Integradas de Salud (RIITS), enfocándose en la gestión de riesgos en salud y operacionales, planificación estratégica y control de calidad en la prestación de servicios.
Pero si las EPS optan por retirarse, tendrán que presentar un plan de saneamiento de deudas que contemple el pago de la totalidad del pasivo en un tiempo que no podrá ser superior a 24.meses contados a partir de la radicación del plan de retiro voluntario.
Y la estructura de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (Riits) comprende un nivel primario de atención, que se basa en los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) y está respaldado por los Equipos de Salud Territoriales.
Complementariamente, el nivel secundario y terciario de la red incluye instituciones de mediana y alta complejidad que pueden atender casos más avanzados y especializados.