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El proyecto de acto legislativo del transfuguismo fue aprobado el pasado lunes a altas horas de la noche en su primera vuelta, es decir sus primeros cuatro debates, por lo que a la reforma constitucional que les permitiría a los congresistas, concejales y diputados cambiarse de partido por una sola vez en el cuatrienio le restan otros cuatro debates que deberán surtirse antes de mediados del año entrante para convertirse en ley de la República.

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La plenaria de la Cámara, por tiempos, pues un acto legislativo debe aprobarse en sesiones ordinarias, acogió en el último día del Congreso el texto aprobado por el Senado, para además no tener que conciliarse.

Así las cosas, el párrafo quizá más importante de la reforma es: “Quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto o grupo significativo de ciudadanos, podrá por una sola vez en el cuatrienio y hasta un mes antes del primer día de inscripciones de la próxima elección, renunciar al partido o grupo significativo por el cual fue elegido, sin tener que renunciar a su curul”.

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También el proyecto indica que los partidos responderán por sus avalados no elegidos y que tuvieron condenas por hechos vinculados al terrorismo o narcotráfico antes de las elecciones en cuestión.

De igual modo, para los movimientos sociales y movimientos significativos se establece la ruta de inscripción ante la Registraduría desde un año y hasta un mes antes de las elecciones y previamente a la recolección de las firmas.

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Finalmente, la reforma entra en vigor desde su promulgación.

Y lo que podría venir para el articulado durante el primer semestre de 2025, según ha dicho desde el Pacto Histórico y partidos grandes, es el voto obligatorio y la subida del umbral para lograr coaliciones de partidos mayoritarios.