El presidente Gustavo Petro continúa recibiendo duros golpes en cuanto a su intento de frenar la investigación en su contra por parte del Consejo Nacional Electoral, por la presunta violación de los topes de su campaña.
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Esta vez se trata de una solicitud que habían elevado sus abogados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el pasado 10 de octubre, justos dos días después de que el ente electoral anunciara la formulación de cargos en contra del mandatario nacional. En la petición, la defensa de Petro pidió que la corte internacional dictara órdenes urgentes ante la vulneración del “fuero integral”, para “salvaguardar los derechos a la protección y garantías judiciales y derechos políticos” del presidente y de “su electorado”.
En concreto, la defensa de Petro pidió que “el CNE se abstenga, respecto del señor presidente Gustavo Petro Urrego, de aplicar la Resolución 05175 de 8 de octubre de 2024, mediante la cual dicha entidad decidió abrir investigación y formular cargos a la campaña presidencial de primera y segunda vuelta de la Coalición Pacto Histórico, por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales”.
En la solicitud, los abogados del presidente aseguraron que las posibles sanciones a este por esta investigación no se limitarían a “la simple devolución de montos económicos y/o la imposición de una multa”, sino que “la sanción de pérdida del cargo estará sometida a las conclusiones de la investigación adelantada por el CNE, limitando así implícitamente la competencia de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes”, y así se incurriría en un “grave riesgo de vulneración de los derechos políticos”.
Ante todo esto, la Corte IDH requirió información al Consejo Nacional Electoral, a la Corte Constitucional y al Consejo de Estado. Los entres entes se pronunciaron y pidieron rechazar improcedente la petición, advirtiendo que el CNE cuenta con competencias para investigar administrativamente el proceso de rendición de cuentas de las campañas de los actores electorales.
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Después de analizar el caso, la Corte IDH aseguró que el CNE no cuenta con las competencias para restringir los derechos políticos del presidente Petro, como aseguran sus abogados. “De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”, se lee en lo emitido por la corte.
Agregó que la investigación no guarda relación con la vulneración de los derechos políticos.
Esta decisión significaba para Petro la carta para frenar la investigación, recordando que el Consejo de Estado le negó una tutela que buscaba también el mismo objetivo.