Mientras que ocho senadores de 14 que tiene la Comisión Séptima del Senado, radicaron una ponencia de archivo de la polémica reforma laboral de Gustavo Petro, la senadora Norma Hurtado, de La U, radicó una ponencia alternativa “en un esfuerzo por garantizar un equilibrio entre la protección de los derechos laborales y las garantías de la actividad productiva”.
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La propuesta, indicó la parlamentaria, introduce 40 cambios significativos, de los cuales 21 son ajustes orientados a “mejorar la seguridad jurídica en el país, proteger efectos adversos sobre el mercado laboral, así como sobre la productividad, en especial para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)”.
Al respecto, Hurtado aseveró que “los trabajadores, empleadores y académicos coinciden en que el país necesita una reforma laboral que garantice derechos, sin poner en riesgo el empleo ni frenar el crecimiento del sector productivo. Nuestra ponencia alternativa busca ese equilibrio”.
Las principales modificaciones que se destacan en la ponencia alternativa son el contrato de aprendizaje con el que se busca que los aprendices del SENA puedan cumplir con su objetivo fundamental de recibir una formación integral, metódica y de calidad. Por ello, se proponen ajustes importantes a las condiciones del contrato de aprendizaje, entre ellos, el aumento del auxilio de sostenimiento del 50 % al 75 % durante la etapa lectiva, y del 100 % durante la etapa práctica, sin condicionamientos ni factores externos.
“Licencias y beneficios con enfoque equitativo: Se modifican disposiciones que generan confusión e inseguridad jurídica, así como beneficios sin sustento claro. Esta propuesta atiende la necesidad de mejorar los niveles de competitividad de Colombia y las horas laborales efectivamente trabajadas”, se lee.
Además, se plantea la libertad empresarial y sostenibilidad del empleo, en la que se modifican cargas excesivas relacionadas con la automatización y transición energética para evitar impactos negativos en la competitividad.
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“Flexibilización en la jornada nocturna: Se modifica el inicio de la jornada nocturna de 7:00 p.m. a 8:00 p.m., con excepciones para sectores con actividad predominantemente nocturna. Lo anterior, teniendo en cuenta que Colombia tendría la jornada laboral nocturna más larga de Latinoamérica y de los recargos más grandes existentes, con 35%”, indica la ponencia.
También se propone la claridad en la estabilidad laboral reforzada (Art. 9), con la que se ajustan disposiciones que presentan imprecisiones conceptuales en relación al fuero de prepensionados o en situación de discapacidad, garantizando seguridad jurídica al eliminar la posibilidad de reconocer otros fueros cuando se hace alusión a “sin que se entienda una enunciación restrictiva o taxativa”.
“Garantía del debido proceso en la actividad sindical: Se eliminan disposiciones que podían comprometer la privacidad de las empresas y afectar el derecho de defensa en procesos judiciales laborales”, sostiene el texto.
Y también se pide evitar la judicialización de los procesos disciplinarios laborales, para lo que se modifica la disposición relacionada con las reglas del proceso disciplinario laboral, generalmente de carácter administrativo, evitando convertir estos procedimientos como sujetos de judicialización.