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La reforma laboral se debatirá este martes en tercer debate en la Comisión Séptima del Senado, en medio de la presentación de cuatro ponencias, una marcha en respaldo de esta iniciativa y el anuncio del Gobierno de una consulta popular por el posible hundimiento del proyecto.

Sobre el articulado hay una ponencia de archivo, la ponencia positiva y dos alternativas. La ponencia negativa, que es la mayoritaria en esta célula legislativa, será la primera en votarse.

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Al respecto, la presidenta de la Comisión, Nadia Blel, del Partido Conservador, y cuya firma está consignada en la ponencia de archivo, garantizó: “Desde la mesa directiva de la Comisión daremos todas las garantías para que este debate se haga en el marco de la ley, técnico, de manera responsable y de cara a todos los colombianos”.

Ocho senadores, de los 14 que tiene la Comisión Séptima del Senado -en la que el año pasado también se hundió la reforma a la salud-, radicaron la ponencia solicitando archivar la reforma laboral. La controvertida iniciativa, que va para su tercero de cuatro debates reglamentarios, tiene el no de los senadores Miguel Ángel Pinto (liberal), Nadia Blel (conservadora), Esperanza Andrade (conservadora), Alirio Barrera (Centro Democrático), Honorio Henríquez (Centro Democrático), Berenice Bedoya (ASI), Lorena Ríos (Colombia Justa Libres) y Ana Paola Agudelo (MIRA).

“La reforma, tal como está formulada, no genera empleo, no combate la informalidad y no concilia el bienestar de los trabajadores con la productividad del tejido empresarial colombiano”, se lee en las motivaciones de dicha ponencia, que agrega que el aval fiscal no se presentó.

“Esta decisión no es política sino técnica y responsable, basada en el diálogo y la evidencia recogida de la ciudadanía”, aseveró Blel, también presidenta del Partido Conservador.

Por su parte, el senador Fabián Díaz, de la Alianza Verde, presentó una ponencia alternativa que plantea, por ejemplo, que el despido con justa causa de una persona con discapacidad se debe exigir permiso del Ministerio del Trabajo; crear la obligatoriedad de la autorización para trabajo suplementario, la verificación de la reducción de la jornada ordinaria laboral, y nuevas licencias por emergencias climáticas y por obligaciones escolares.

A su vez, la senadora Norma Hurtado, de La U, radicó otra ponencia alternativa “en un esfuerzo por garantizar un equilibrio entre la protección de los derechos laborales y las garantías de la actividad productiva”.

La propuesta, indicó la parlamentaria, introduce 40 cambios significativos, de los cuales 21 son ajustes orientados a “mejorar la seguridad jurídica en el país, proteger efectos adversos sobre el mercado laboral, así como sobre la productividad, en especial para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)”.

Al respecto, Hurtado aseveró que “los trabajadores, empleadores y académicos coinciden en que el país necesita una reforma laboral que garantice derechos, sin poner en riesgo el empleo ni frenar el crecimiento del sector productivo. Nuestra ponencia alternativa busca ese equilibrio”.

El pasado martes, ante el inminente archivo del proyecto, el presidente Gustavo Petro anunció en una alocución que el Gobierno convocará una consulta popular sobre las reformas laboral y a la salud.

“El presidente presentó las reformas para garantizar esos derechos universales, a un trabajo digno, estabilidad laboral, a que el trabajador no sea tratado como un esclavo; una reforma a la salud que lleve médicos donde no llegan nunca y que repare puestos de salud en donde vive mayor parte de la gente en forma deplorable; y una reforma pensional que les lleve a 3 millones de viejos al menos un bono pensional”, dijo Petro, agregando que “el bloqueo institucional es una dictadura contra el voto popular y se le responde con democracia real, que decida el pueblo. Hay que hacer una convocatoria al pueblo no solo a movilizarse sino a decidir y la manera como la Constitución de Colombia permite que el pueblo decida directamente se llama consulta popular”.

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Y en medio de ese anunció este martes, mientras se debate la laboral, habrá una marcha en favor de esta y de dicha consulta popular.

En octubre pasado la plenaria de la Cámara aprobó en segundo debate los 81 artículos de la reforma laboral, 53 con modificaciones, 15 como venían en la ponencia, fueron eliminados 7 y se agregaron 8 nuevos.

Quedó aprobado que la jornada nocturna iniciará desde las 7 pm y no desde las 9 pm, como rige actualmente. La medida comenzará seis meses después de la sanción de la ley. Este implicaría un pago adicional al trabajador del 35% por cada hora laborada.

Pero Fenalco ha advertido que esta medida aumentaría los costos laborales casi un 9%.

La remuneración del trabajo en el día de descanso, que no necesariamente tiene que ser domingos o festivos, será del 100% y no del 75% -como está establecido en la actualidad-. Este incremento sería gradual y subiría al 80% en 2025, al 90% en 2026 y al 100% desde julio de 2027.

No obstante, Acopi ha indicado que con la norma, y tomando en cuenta que el salario mínimo en ese momento era de $1,3 millones, el costo al empresario por trabajador subiría a $1,9 millones, es decir un 38,3% más, cuando se agregan el subsidio de transporte, las vacaciones, la prima legal, las cesantías e intereses, la pensión, la caja de compensación y los riesgos laborales.

Y con los costos indirectos de la cuota de aprendiz, el trabajo dominical y suplementario, las indemnizaciones, la dotación y los días de la familia, el gremio suma otro incremento del 13,3 %, lo que totaliza $2,2 millones por trabajador.

El Gobierno dispuso que para las personas que estén en formación laboral, por ejemplo los aprendices del SENA, entren a las empresas con derechos laborales (salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación) aunque sea un contrato a término fijo, y que se les pague el 60% de un salario mínimo mientras siga estudiando y el 100% en la etapa productiva. En la actualidad, el aprendiz solo tiene acceso a salud y riesgos laborales y el pago es acordado.

El Consejo Gremial criticó la idea aseverando que “para las empresas obligadas a contratar aprendices del Sena, la implementación de esta modificación implica un aumento del costo mensual de un aprendiz de $870 mil a $1,7 millones, incluyendo las prestaciones de ley”.

También opositores e independientes señalaron que en este punto hay otro bemol y es que con la cuota de monetización de 1,5 salarios mínimos, los empresarios van a preferir monetizar y no contratar a los aprendices, pues les saldría menos costoso.

El proyecto reza que el contrato de trabajo a término fijo podrá celebrarse por un término de cuatro años, si se excede de ese término se entenderá que es un contrato a término indefinido, acabando con la prórroga indefinida de la actualidad.

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Además, se establece estabilidad laboral reforzada para personas en estado de embarazo, hasta seis meses después del parto, y su pareja si depende de ella, y también personas que padezcan una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, limitación o discapacidad que les impida el desempeño de sus labores.

Es decir, se limitan las posibilidades para las empresas de despedirlos sin justa causa.

La licencia de paternidad subirá de dos semanas –como se concede actualmente- a tres en 2025 y a cuatro desde 2026.

Las licencias médicas o para calamidades domésticas no requerirán certificados médicos, pero se otorgarán solo en casos muy puntuales y que aún deben reglamentarse.

También se autoriza que los trabajadores “podrán asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada”.

La norma dicta que se podrán acordar Jornadas flexibles de trabajo para que los trabajadores puedan cuidar a sus familiares dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil, o personas que dependan exclusivamente del cuidador por no tener más familiares. Habrá prelación con las mujeres y contratación preferente a personas con discapacidad.

El articulado dice que los trabajadores domésticos ahora tendrán un contrato de trabajo escrito que deberá ser registrado para que las autoridades realicen seguimiento. Esto porque, según el Ejecutivo, hay 630 mil trabajadoras domésticas y sólo el 17% cotiza a seguridad social.

Y para las personas trabajadoras domésticas que laboran como internas, que son una de cada tres trabajadoras domésticas, se deroga el artículo que permitía que tuvieran una jornada laboral diferente a los demás trabajadores, que es de 52,5 horas semanales.

Se aprobó el artículo que prohíbe la discriminación laboral en contra de las mujeres y reglamenta una serie de comportamientos en contra de las mujeres que en muchos casos pasan a convertirse en acoso laboral. Además, se crean medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación sin importar su forma de vinculación, es decir sean pasantes, contratistas, voluntarios, personas que buscan trabajo, etcétera.

Se determina que el ICBF vinculará progresivamente a los padres y las madres comunitarias y sustitutas para que puedan pertenecer a la planta de personal en calidad de trabajadoras oficiales, lo cual les permitirá contar con todos los derechos laborales. Colombia cuenta con 69 mil madres comunitarias que atienden a 1 millón 77 mil niños y niñas en la modalidad comunitaria de la educación inicial.

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La iniciativa señala que los trabajadores del transporte que tengan relaciones de carácter subordinado deberán ser vinculados de forma directa y contar con contratos de trabajo por escrito. Esta disposición cobija a 121 mil trabajadores de carga y a 597 mil trabajadores de transporte de pasajeros.

Se eliminó el contrato sindical, modalidad en que el empleador contrata al sindicato y el sindicato a su vez a los trabajadores, lo que deriva en tercerización. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, este precariza especialmente a las personas del sector salud, donde se encuentran más del 97% de estos contratos.

Y al Gobierno se le cayó en el segundo debate el contrato agropecuario, que creaba la modalidad de jornal agropecuario que, se leía, “en ningún caso (…) será inferior al salario mínimo diario legal vigente o al pactado en convención colectiva y el factor prestacional que no podrá ser inferior al 30% de dicha cuantía”. Las razones de la oposición eran que podía desincentivar la contratación de trabajadores del campo y aumentar los costos.

También naufragó, con el impulso de los conservadores, la licencia de paternidad-maternidad para parejas del mismo sexo, amparado en sentencias de la Corte Constitucional que dicen que estas parejas que adoptan tienen el mismo derecho a las licencias parentales de las parejas heterosexuales.

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Y salieron de la reforma los aumentos en la indemnización por despido sin justa causa, que establecía que en contratos a término fijo o por obra o labor subía de 15 días laborados –como funciona en la actualidad- a 30 días laborados y en contratos a término indefinido subía a 45 días si había trabajado menos de un año, o a 15 días por año si trabajó entre uno y cinco años.

La reforma laboral, que es en realidad 2.0, pues una previa ya se le hundió al petrismo por falta de ‘quorum’, llega ahora a su tercer debate en la Comisión Séptima del Senado, que podría ser el último.