La Corte Constitucional admitió para su estudio una demanda que señala que imponer un IVA del 5 % a los tampones y toallas higiénicas afecta el derecho a la igualdad, ya que las mujeres deben usar estos productos por el sólo hecho de ser mujeres y porque impacta de mayor a manera las personas de escasos recursos.
Se trata de un apartado del artículo 185 de la Reforma Tributaria, Ley 1819 de 2016, que fue demandada por el ciudadano Danilo Andrés Virviescas Ibarguen, quien alega que las mujeres de Colombia 'están siendo gravadas con IVA solamente por haber nacido bajo el sexo femenino'.
'Una tarifa de IVA sobre bienes que son de primera necesidad, impacta de manera regresiva e inconstitucional a las contribuyentes, pues grava de la misma manera a las personas con mayor capacidad de pago y los que tienen menor capacidad', dice la demanda.
Para Virviescas, estos productos además son de la canasta familiar y no tienen sustitutos en el mercado, por lo cual, ponerles IVA 'constituye una política regresiva en materia fiscal, que es a su vez discriminatoria'.
La demanda fue admitida por el despacho de la magistrada Gloria Ortiz, por los cargos de violación al principio de igualdad y los de equidad y progresividad en materia tributaria.
Ortiz le pidió concepto al Ministerio de Hacienda, de Justicia, a la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer, a la DIAN y la Defensoría del Pueblo.
Igualmente, a Sisma Mujer, Women’s World Link, a Dejusticia, a Profamilia y a varias facultades de derecho de todo el país.