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Desde el primero de diciembre del año pasado entró en vigencia el Acuerdo Final de Paz firmado en el Teatro Colón el 24 de noviembre y refrendado por el Congreso. Ese día también se marcó la entrada en vigencia del fast track, el procedimiento legislativo especial diseñado para implementar el acuerdo.

A la fecha han sido aprobados dos Leyes: el aval a participación de Voces de Paz y la Ley de Amnistía. Y hay otros cinco que están en trámite, entre ellos la creación de la Jurisdicción Especial de Paz que hoy enfrenta una prueba de fuego en el Senado.

En aras de hacer un seguimiento a los avances del desarrollo normativo de la paz y los pasos necesarios para la implementación de lo pactado, EL HERALDO y la Universidad del Norte retoman su alianza Misión Caribe que para su primera entrega presenta un análisis realizado por el docentes Juan Pablo Sarmiento y los investigadores de Caribe Visible Enith Bula Beleño y Esteban Lagos González.

Prioridades

Puede decirse que la regulación de las amnistías y tratamientos penales especiales fue un tema prioritario tanto para el Congreso como para el Gobierno Nacional. El 30 de diciembre del año pasado ya contábamos con la Ley 1830, que regula las amnistías, que fue reglamentada el 16 de febrero de este año. Contar con disposiciones jurídicas que permitieran aplicar lo acordado en esta materia era fundamental para brindar a los miembros de las Farc seguridad jurídica en relación al tratamiento penal que van a recibir, teniendo en cuenta que según el Acuerdo ellos comenzaban a movilizarse 5 días después de la firma o de la ratificación del Acuerdo, y en ese momento aún no había una ley que les garantizara la posibilidad de recibir un tratamiento penal especial. Adicionalmente, resultaba indispensable tener claridad sobre la posibilidad de participación de los agentes del Estado que se acogiesen a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Otro asunto, muy relacionado con el primero, que también ha sido prioritario es la creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Este Sistema Integral es el eje del acuerdo sobre víctimas, y está compuesto por varias instituciones, como la Comisión de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas; y la Jurisdicción Especial para la Paz. También hacen parte de este Sistema Integral, las medidas de reparación integral y las garantías de no repetición. Será la aprobación del proyecto del Acto Legislativo sobre esta materia el que abra paso a la creación y funcionamiento de estas instituciones y la implementación de las medidas que garantizarán los derechos de las víctimas.