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El pasado miércoles la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó por unanimidad en último debate el proyecto de acto legislativo que le da vida y de manera permanente a la mesada 14 para miembros activos y veteranos de la fuerza pública.

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'Hoy es un día muy especial para más de 244.000 familias que dependen de estos ingresos, de su mesada 14. Recordarles que esto suma casi un billón de pesos del presupuesto del Sector de la Seguridad y Defensa nacional', destacó el viceministro de Defensa para la Estrategia y la Planeación, Luis Edmundo Suarez Soto al término de la votación.

Esta mesada 14 se creó en el Artículo 142 de la Ley 100 de 1993. Posteriormente, el acto legislativo 01 de 2005 derogó este beneficio. En este se lee: 'Las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente acto legislativo, no podrán recibir más de 13 mesadas pensionales al año'.

Luego, en 2014 el Ministerio de Defensa emitió un acto administrativo para restablecer la mesada 14 pero fue demandado ante el Consejo de Estado en 2018, y se volvió a quitar la medida. Hasta julio del año pasado, cuando el propio Consejo de Estado levantó la suspensión del pago.

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La reforma aprobada esta semana reza: “Adiciónese un parágrafo al artículo 48 de la Constitución Política, así '(…) Parágrafo 3. Los miembros de la Fuerza Pública que actualmente se encuentren o llegaren a estar en goce de asignación de retiro, goce de pensión o sus beneficiarios, tienen derecho a recibir la mesada catorce”.

Además, el acto legislativo presentado por el Ministerio de Defensa indica: 'Accederá a mesada 14 catorce el personal civil y no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional o y la Policía Nacional pensionado en virtud del régimen especial y exceptuado del Sistema General de Pensiones'.

A pesar de que se intentó ampliar este beneficio a otros sectores, como el de los maestros, el aval fiscal del Ministerio de Hacienda solo aplicaba para la población beneficiada en la reforma.

La mesada 14 representa el pago de 30 días de lo que se devenga de pensión y al cual tendrán derecho los pensionados por jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes, pertenecientes a la fuerza pública.

La implementación de la mesada 14 “no representaría costos adicionales para la nación”, según conceptuó el Ministerio de Hacienda a través del despacho del viceministro técnico, quien explicó que “en la medida en que los recursos requeridos para continuar cumpliendo la obligación de la mesa pensional y de asignación de retiro número 14 de la vigencia, se encuentran incluidos en el Marco Fiscal de Mediano Plazo vigente y en el Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Defensa y Policía, toda vez que se trata de un costo fiscal contemplado y consistente con la normatividad vigente”.

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En el informe de ponencia aprobado se indicó que “el reconocimiento y pago de la denominada mesada 14 en favor de miembros de la Fuerza Pública radica en mantener un estímulo por los servicios prestados en defensa de la soberanía, la independencia y la integridad territorial, por su compromiso con el país durante décadas, lo cual se hace extensivo a sus beneficiarios”.

El acto legislativo aprobado por el Congreso en sus ocho debates pasará a conciliación en las plenarias de Senado y Cámara de Representantes y de ahí pasará a su promulgación para que comience su vigencia como ley de la República.