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La plenaria del Senado aprobó este martes en segundo debate, por 49 votos a 4, la reforma pensional del gobierno del presidente Gustavo Petro.

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Tras más de siete horas de discusión, el pleno de la cámara alta despachó la iniciativa, que ahora deberá surtir dos debates más en la Cámara de Representantes, primero en la Comisión Séptima y luego en la plenaria. Y esto antes del 20 de junio próximo, cuando se acaba la legislatura.

La última controversia que hubo en el recinto fue por la vigencia de la iniciativa, pues la oposición y los independientes, liderados por la senadora Angélica Lozano, de la Alianza Verde, pedían que se iniciara en 2027, pero el Senado aprobó que arrancara desde el 1 de julio de 2025.

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Entre tanto, la estrategia de los opositores, encabezada por los senadores Paloma Valencia y Carlos Meisel, del Centro Democrático, de romper el 'quorum' por poco dio resultado y la baja votación se salvó al final por los parlamentarios de la representación indígena y de negritudes.

El pleno de la cámara alta dio vía libre este martes, por ejemplo, al artículo 4, con los principios del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, sobre invalidez y muerte de origen común, en sus pilares solidario, semicontributivo y contributivo.

También se avalaron los artículos 7, de los deberes de los empleadores; el artículo 16, que habla sobre la incompatibilidad pensional y entre otras cosas señala que se continuará reconociendo la pensión que sea más favorable al beneficiario.

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Aprobó del mismo modo el recinto los artículos 30, de multiplicidad de empleadores, que indica que cuando una persona tenga simultáneamente más de un contrato de trabajo cada empleador debería hacer de manera independiente los aportes correspondientes al pilar contributivo; y el 34, de integración y pago de la pensión de vejez, que se refiere a cómo se unificarán el fondo público Colpensiones y los fondos privados para el pago de la pensión.

Así mismo, el artículo 35, referente al beneficio para madres o padres con hijos con discapacidad del 50 % o más, en el que se señala el mínimo de semanas requeridas para la solicitud de la pensión especial de vejez a cualquier edad.

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Fue votado con el sí el artículo 75, sobre la creación de una Comisión Técnica de Protección Social Integral para la Vejez, que será la encargada de la coordinación de las estrategias y planes de acción fijadas en la Constitución y la ley.

Avalado de igual forma el artículo 77, de oportunidad de traslado, que busca tener oportunidad de traslado para hombres con más de 900 semanas cotizadas y mujeres con más de 750.

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E igualmente pasaron los puntos 74, del Consejo Nacional de Protección Social para la Vejez, el 86 de la especial protección social para la vejez campesina, el 87 de los términos para adelantar acciones, el 90 de la pensión anticipada por vejez o invalidez, el 91 sobre un Comité de Transición para el seguimiento al empalme y el 92 acerca de la junta directiva de Colpensiones.

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