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Doce años después de la desaparición y posterior asesinato del alcalde del municipio de El Roble, Eudaldo ‘Tito’ Díaz Salgado, su familia continúa pidiendo justicia.

Pero además le exige al Estado una reparación directa y es esa la que le acaba de concederles en fallo de primera instancia el Juzgado Quinto Administrativo de Descongestión del Circuito de Sincelejo al declarar administrativamente responsable a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y Policía Nacional, por la muerte de Díaz.

En razón a ello el juez de la causa condenó a la Nación al pago de perjuicios morales estimados en $64.435.000 a favor de la cónyuge Martha Silgado y de los hijos Juan David Díaz, David Jesús Díaz y Liliana Margarita Díaz, así como a Fernando Salgado Salgado, su hijo de crianza. Todos ellos, según reza la sentencia de 69 páginas, dependían del alcalde cuando este falleció.

El Juzgado también fijó una indemnización de $32.217.500 por este mismo concepto a favor de Lesvia Luz, Enriqueta Margoth, Nancy Esther, Carmen Stella y Juan Carlos Díaz Salgado, además de Nurys Isabel Díaz de Vergara e Isabel del Socorro Díaz de Uribe, los hermanos del alcalde asesinado.

La Nación también fue condenada al pago de una indemnización en el concepto de perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante en favor de los hijos, a la esposa y el hijastro en sumas que oscilan entre los 300 mil pesos y los 13 millones de pesos.

El primero de febrero de 2003, durante un consejo comunitario, Díaz denunció ante el presidente Álvaro Uribe que lo iban a asesinar: 'Señor Presidente, soy el alcalde de El Roble para los que no me conocen, y suspendido por una sola razón injusta, porque en el primer conversatorio que tuvimos en El Bafim yo fui capaz de denunciar al señor gobernador de Sucre (Salvador Arana Sus) y me lo acaba de cobrar la Procuraduría de Sucre, con esto se están buscando dos cosas y se van a conseguir, ya hubo la destitución y después viene mi muerte, ahora viene el otro paso, repito, y es que a mí me van a matar, señor presidente, le voy a pedir una cosa, que usted medie, mire lo que voy a decir: es la vida de una persona'.

Disculpas.

La sentencia, contra la que procede el recurso de apelación, también condena a la Policía Nacional a presentar disculpas a la familia del alcalde asesinado en ceremonia privada en presencia del comandante del Departamento de Policía Sucre en compañía de los mandos de la institución.

Para el caso de la Policía, el despacho consideró que el hecho de 'la desaparición y muerte de Díaz es atribuible a la institución por no habérsele brindado a la víctima la protección que demandaba, en tanto se trataba de un servidor público (suspendido) conocido y muy querido en el municipio de El Roble, en el cual fungía como su primer Alcalde popular, siendo de amplio conocimiento público la grave situación de riesgo por la que atravesaba, circunstancia que generaba para el Estado la ineludible obligación Constitucional de brindarle protección, la cual se omitió y que de haberse cumplido eficazmente hubiera podido interrumpir el proceso causal generador del daño'. 

Los hechos

El día 5 de abril de 2003 desapareció el alcalde de El Roble, cinco días después fue encontrado muerto en el sector Boca del Zorro. Presentaba signos de tortura y nueve impactos de armas de fuego. Por estos hechos la Corte Suprema de Justicia le impuso una condena de 40 años al ex gobernador de Sucre, Salvador Arana Sus eproceso causal generador del daño.