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Con el fin de disminuir el riesgo de mortalidad en niños y niñas menores de 5 años y mujeres gestantes en el departamento de La Guajira, la Superintendencia Nacional de Salud entregó algunas instrucciones para garantizar el derecho a la salud de los habitantes por parte de los diferentes actores que operan en el territorio.

En la circular, el Superintendente dicta puntualmente 19 instrucciones que deben ser acatadas por las entidades territoriales de orden municipal, distrital y departamental de La Guajira.

Una de ellas señala que las Secretarías de Salud deben 'efectuar el seguimiento diario de caso a caso de morbimortalidad por desnutrición aguda de niños y niñas menores de cinco años y por los notificados de morbimortalidad materna de acuerdo con los lineamientos nacionales'.

Asimismo, se les exige adelantar las acciones de inspección, vigilancia y control a que haya lugar, frente a las infracciones identificadas en la atención en salud de los niños y niñas menores de 5 años que deriven en riesgo de mortalidad asociada a desnutrición, Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) e Infección Respiratoria Aguda (IRA); así como lo relacionado con la atención a gestantes con riesgo materno perinatal.

En lo que refiere a las Entidad de Aseguramiento de Salud, EPS del régimen contributivo y subsidiado (incluyendo indígenas) y las pertenecientes a los regímenes especiales y de excepción que tengan afiliados en La Guajira, se impartieron 14 instrucciones, entre ellas, realizar seguimiento individual a los casos de niños y niñas menores de cinco años que se encuentren en riesgo de desnutrición.