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El 23 de julio, a partir de las 3:00 de la tarde se abre la convocatoria para aquellos gestores culturales que se quieran ver beneficiados con el programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

La iniciativa, liderada por la Secretaría de Cultura, Patrimonio y Turismo distrital, dará inicio a la apertura de recepción de documentos con una transmisión en vivo a través del canal de Youtube de la entidad en la que se buscará responder las inquietudes de los posibles beneficiarios.

La socialización estará encabezada por José Ignacio Argote López, viceministro de Fomento Regional y Patrimonio del Ministerio de Cultura; María Teresa Fernández Iglesias, secretaria de Cultura, Patrimonio y Turismo, y José David Márquez López, director regional Caribe de Colpensiones.

De acuerdo con el Distrito, hasta la fecha se han destinado más de $4.000 millones como beneficios a creadores y gestores culturales de la ciudad que se encuentran en edad de retiro, los cuales acceden a una anualidad vitalicia.

El trabajo es realizado en una articulación entre el Ministerio de Cultura, la Alcaldía Distrital de Barranquilla y Colpensiones, que busca dar cumplimiento al Decreto 2012 de 2017, que establece la manera como se invertirán los recursos provenientes del recaudo de la Estampilla Procultura.

Según la normatividad, se deben destinar para la seguridad social de nuestros artistas, creadores y gestores culturales, mediante la financiación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos en las modalidades de anualidad vitalicia y motivación al ahorro.

La secretaria de Cultura del Distrito, María Teresa Fernández, indica que para el despacho es muy importante que los gestores y agentes culturales de Barranquilla conozcan las diferentes líneas de beneficios que supone esta convocatoria.

A su vez, la encargada de oficina extiende la invitación para que los posibles beneficiarios se conecten con la socialización.  

'Es muy importante que escuchen con atención los requisitos y modelos para llegar a ser beneficiarios, así como para nosotros es vital conocer sus inquietudes', expresa.  

La anualidad vitalicia equivale a máximo un 30% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente a favor de los creadores y gestores culturales, hombres y mujeres, que tengan una edad de 62 años hombres y 57 años mujeres, en el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, siempre que se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.

 
Los requisitos son:

 
1. Ser colombiano.

2. Tener mínimo 62 años si es hombre y 57 años si es mujer.

3. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

4. Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Legal Vigente.

5. Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.

 
Aquellas personas que aspiren a este beneficio deben entregar los siguientes documentos:

1. Declaración juramentada que certifique que la persona tiene 10 años viviendo en la ciudad y percibe ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Legal Vigente.

2. Presentar evidencias que acrediten trayectoria del creador y/o gestor cultural (un documento, certificación que permita verificar la trayectoria en el campo cultural).

3. Copia del documento de identidad.

4. Certificado del Sisbén.

Es indispensable, según la cartera cultural, que se diligencie el formato de identificación de Creadores y Gestores Culturales. Dicho documento está disponible en el siguiente enlace https://www.barranquilla.gov.co/wp-content/uploads/2019/08/6-formato-ide...

Quienes no se puedan acoger a este beneficio, pueden aspirar al monto destinado al ahorro. Para ello deben estar afiliados al régimen subsidiado de salud o deben aparecer como beneficiarios del régimen contributivo.

 Para acceder a este, los requisitos a cumplir son:

1. Ser colombiano.

2. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

3. Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).

4. Debe acreditarse, a través del Ministerio de Cultura, como gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera determine para tal fin.

Quienes estén interesados en  recibir más información sobre los requisitos, pueden enviar un correo electrónico a censo_cultura@barranquilla.gov.co