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La Procuraduría Regional de Sucre formuló cargos en contra de la tesorera de la Gobernación de Sucre, Lucy del Carmen Vergara Tejada porque esta, según el Ministerio Público, vulneró el derecho fundamental de petición.

La investigación que dio origen al pliego de cargos por el que mañana la Tesorera del Departamento de Sucre acudirá a partir de las 9:00 de la mañana a audiencia en la Procuraduría Regional a responder por la conducta señalada, tuvo su origen en la denuncia que Luis Alfredo Junieles Arrieta instauró en su contra porque no le respondió en el tiempo que establece la ley unos derechos de petición.

El accionante, según reza en la providencia del 7 de noviembre proferida por el procurador Jhon Jaime Arango Orozco, le solicitó a la Tesorera a través de derechos de petición, información sobre una cesión de crédito del 9 de abril de 2012 realizada por Anderson Antonio Herrera.

Los derechos de petición fueron presentados el 13 y 25 de enero de 2016, 24 de febrero de 2016, 18 de julio de 2016 y 26 de diciembre de 2016 y en todos ellos la funcionaria respondió de manera extemporánea.

'El no haber dado respuesta dentro del término legal, implica haber desconocido el núcleo esencial del derecho de petición que lo constituye el de obtener resolución pronta y oportuna de las peticiones, por cuanto de nada sirve en un estado social y democrático de derecho, dirigirse a una autoridad pública como en el caso concreto si esta no da respuesta oportuna, o simplemente no resuelve lo solicitado', dice el Procurador Regional de Sucre.

El Ministerio Público califica provisionalmente la falta en la que incurrió la tesorera Lucy del Carmen Vergara Tejada como grave debido a que 'ser infiere del material probatorio allegado al proceso, que la funcionaria investigada incumplió principios que rigen la actuación administrativa de manera manifiesta, como son el de eficacia, responsabilidad e imparcialidad afectando de contera un derecho fundamental del ciudadano Luis Alfredo Junieles Arrieta, lo que implica que la falta disciplinaria tiene trascendencia jurídica y social'.

Así mismo la Procuraduría Regional de Sucre considera que Lucy del Carmen Vergara Tejada desarrolló la conducta presuntamente constitutiva de falta disciplinaria a título de dolo, 'por cuanto conocía con suficiencia que en su condición de Tesorera del Departamento de Sucre, le correspondía el deber de dar respuesta al derecho de petición reiterado por Luis Alfredo Junieles Arrieta'.

En su versión libre ante la Procuraduría la tesorera Lucy del Carmen Vergara reconoció no haber dado respuesta a los derechos de petición manifestando que no tenía conocimiento de esto debido a que no fue informada por su secretaria Alba Cecilia Vásquez Villa, pero además indicó que los mismos si fueron presentados en la Gobernación de Sucre, tal y como consta en las actas de recibo de correspondencia de la entidad.

Pese a que la Tesorera responsabiliza a Alba Vásquez, 'esa afirmación no alcanza a desvirtuar su responsabilidad, por cuanto, ella como titular de la Tesorería de la Gobernación de Sucre, no la exime de responsabilidad hasta este momento procesal de la omisión y extemporaneidad en la respuesta a los derechos de petición aludidos'.