El expresidente y senador había quedado impedido en el trámite de la Ley Estatutaria de la JEP y, según el demandante, no podía por tanto participar en las votaciones de las objeciones a dicho proyecto de ley.
El jurista, José Manuel Abuchaibe, afirma que la tutela no procede por cuanto la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado es cosa juzgada.
Elías Méndez no asitió a 6 votaciones de proyectos importantes.
El tribunal aceptó el recurso de apelación que presentó la defensa de Olano, debido a la pérdida de investidura ordenada el pasado 28 de septiembre.
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