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La JEP informó este lunes en un comunicado que concluyó que hay correspondencia en el Subcaso Costa Caribe Batallón ‘La Popa’ del Caso 03, relacionado con asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, e imputó dos nuevos delitos.

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“Tras analizar los elementos de juicio y escuchar a las víctimas, los comparecientes, sus representantes y al Ministerio Público en el proceso judicial, la magistratura determinó que existe correspondencia entre los hechos, las conductas reconocidas, las pruebas, las calificaciones realizadas y los 12 máximos responsables identificados, quienes fueron postulados por la Sala de Reconocimiento de Verdad ante esta instancia del Tribunal Especial para la Paz para que se les imponga una sanción propia”, se lee.

Recordó que en este caso se registró el asesinato y/o desaparición forzada de 135 personas en Cesar, La Guajira, Atlántico y Magdalena. Algunas de las víctimas eran integrantes de los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo, así como de los consejos comunitarios Kusuto Ma-Gende y José Prudencio Padilla. Otras eran campesinas y otras en situación de vulnerabilidad o de discapacidad.

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Explicó en este sentido que declarar la correspondencia representa una garantía para la seguridad jurídica de quienes se sometieron ante la JEP: “Una imputación completa asegura que los comparecientes serán juzgados y sancionados por todas las conductas cometidas, evitando así que tales discusiones se reabran en el futuro. En otras palabras, garantiza la verdad más amplia y exhaustiva, fundamental para una adecuada reconstrucción del daño ocasionado a las víctimas, las comunidades y el territorio”.

Por ello, los dos nuevos delitos en este subcaso son los de tortura y persecución: tortura debido a que en algunos de los asesinatos se causó intencionalmente dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales; y persecución dado que algunos de los asesinatos reconocidos por los comparecientes se cometieron con motivaciones étnicas, es decir, por pertenencia de las víctimas a los pueblos indígenas Kankuamo y Wiwa.

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Este crimen se enmarca en un contexto donde ciertos comparecientes ejercieron medidas de control social, como restricciones alimentarias, limitaciones arbitrarias de horarios y restricciones de tránsito y circulación para la población.

“Tras esta decisión, la magistratura realizará las notificaciones, entre estas, las notificaciones con pertinencia étnica y cultural. Posteriormente, convocará y realizará la audiencia pública de verificación, destinada a verificar el cumplimiento de las condiciones de contribución a la verdad y las formas de reparación, y finalmente emitirá la sentencia en la que se impondrán las sanciones propias”, puntualiza el tribunal de paz.