La Procuraduría informó este miércoles en un comunicado que le pidió a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP que, en cumplimiento del auto proferido por la Corte Constitucional, remita las actuaciones en las que se encuentra vinculado el excomandante paramilitar, Salvatore Mancuso Gómez, a la jurisdicción de Justicia y Paz.
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El Ministerio Público recordó al tribunal de paz que la Corte Constitucional rechazó la tesis formulada por esa magistratura según la cual los paramilitares podrían ingresar a la jurisdicción si hubieran actuado en el rol de ‘bisagra’ entre paramilitares y agentes del Estado, argumentando que éstos no son destinatarios del acuerdo final de paz, de manera que su juez natural se encuentra en el sistema transicional de Justicia y Paz.
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“A la luz de la decisión de la Corte, antiguos paramilitares tampoco pueden acceder a la JEP como terceros, pues dicha calidad está reservada para quienes no hicieron parte de grupos armados involucrados en el conflicto”, se lee.
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Por último, advirtió el ente de control disciplinario, la tesis ‘bisagra’ no podrá ser aplicada por la JEP para casos presentes y futuros, pues a partir del citado pronunciamiento perdió competencia para continuar los trámites transicionales que se iniciaron con fundamento en dicho planteamiento.