La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá convocó a una audiencia el próximo 4 de febrero, a partir de las 9 de la mañana, para dar a conocer la decisión frente a los recursos de apelación presentados por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El equipo jurídico de Uribe cuestionó el hecho que la jueza 44 de conocimiento de Bogotá hubiera avalado como prueba las interceptaciones telefónicas que ordenó la Corte Suprema de Justicia, en el año 2018, y en las cuales “por error” se registraron las conversaciones que sostuvo el expresidente Uribe con el abogado Diego Cadena.
En este sentido, el abogado Jaime Granados Peña argumentó que estas interceptaciones no tienen validez debido a que fueron realizadas de manera ilegal.
“Yo no mandé al doctor Cadena a sobornar testigos. Lo envié a corroborar información y buscar la verdad. Él dio ese dinero sin consultarme. Le creo que lo hizo por razones humanitarias”, dijo Uribe en su momento.
El fiscal que lleva el caso, Gilberto Villarreal, acusó a Uribe como «determinador del concurso homogéneo sucesivo de tres delitos de soborno en actuación penal» porque por “provecho suyo o de un tercero entregue o prometa una utilidad a persona que fue testigo de un hecho delictivo para que se abstenga a concurrir a declarar o para que falta a la verdad total o parcialmente”.
También como “determinador del delito de soborno” porque entregó o prometió “dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio”.