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El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, radicó un oficio ante el Consejo de Estado en defensa de las transmisiones de los consejos de ministros por televisión pública y privada, ante la tutela instaurada por la abogada María Cristina Cuéllar Cárdenas contra el presidente Gustavo Petro precisamente por este asunto.

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A través de la tutela, Cuéllar Cárdenas alega que las transmisiones de las reuniones del gabinete de Petro en horario prime “estarían vulnerando los derechos fundamentales a la información y respeto por el derecho de libertad de escoger el medio masivo que convenga al ciudadano”.

En respuesta, el ministro Edwin Palma presentó su intervención en calidad de “tercero interesado” para exponer al Consejo de Estado una serie de argumentos a favor de la decisión de Gustavo Petro de transmitir los consejos de ministros en canales públicos y privados.

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Como primer argumento, Palma recordó la Sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional que señala que el presidente de la República “como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa es el símbolo de la unidad nacional”.

“Es función natural del Presidente de la República como símbolo de la unidad nacional informar a los ciudadanos de los aspectos más relevantes de la vida colectiva, por lo que preparar junto con sus ministros y directores de departamento administrativo espacios democráticos, como el Consejo de Ministros, que den cuenta, entre otros, de asuntos de interés nacional como (...) la ejecución de los planes, proyectos y metas estratégicas del Plan de Gobierno que los ciudadanos apoyaron en los comicios electorales resulta una medida necesaria y proporcional que contribuye a la consolidación del Estado Social y Democrático de Derecho”, dice el documento.

También, el ministro de Minas alegó al derecho de participación ciudadana “más allá de los mecanismos tradicionales de participación”.

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“Es necesario entonces preguntarnos ¿cómo la ciudadanía puede ejercer su derecho a la participación ciudadana si el Gobierno Nacional no adopta medidas que fortalezcan la transparencia de su gestión? ¿Cómo la ciudadanía puede ejercer su derecho de participación ciudadana si no conoce las políticas y proyectos adoptados por el Gobierno Nacional en las esferas que son de su interés?”, se lee.

En ese sentido, argumenta que “el ejercicio del derecho de acceso a la información pública promovido a través de las alocuciones presidenciales por medio de las cuales se transmite el Consejo de Ministros fortalece la participación ciudadana, las políticas públicas, la gestiónpública y por ende la gobernabilidad democrática”.

Palma califica de “contradicción absurda” la decisión de María Cristina Cuéllar Cárdenas de haber acudido a un mecanismo de protección, como lo es la acción de tutela, “con la intención de cercenar la participación de todos los colombianos y colombianas en el debate público”.

Por último, el ministro de Minas y Energía hizo referencia a la garantía de acceso al espectro electromagnético como mecanismo para concretar los fines del Estado.

Alegó que la participación de un mayor número de personas en la explotación del espacio electromagnético “es entendida por la Constitución como presupuesto de pluralidadinformativa y competencia y, por ende, como un bien público deseable y tutelable”.

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Por lo tanto, concluyó Edwin Palma en su oficio, “la transmisión del Consejo de Ministros es un espacio que garantiza el pluralismo informativo al abordar los asuntos públicos de cara a la ciudadanía, de tal suerte que de su difusión no puede considerarse una práctica abusiva del uso del espectro electromagnético”.