La sección quinta del Consejo de Estado dejó en firme este jueves las elecciones de Hernán Penagos y Carlos Hernán Rodríguez como registrador nacional y contralor general de la República, respectivamente.
El alto tribunal se pronunció sobre una serie de recursos que buscaban declarar la nulidad de estos funcionarios.
Caso del registrador
En este caso, la demanda fue promovida por ciudadanos que consideraron que el Penagos se encontraba inhabilitado en los términos del artículo 126 superior.
Además, por supuestas irregularidades en relación con el trámite de las fases de inscripción, prueba de conocimientos y entrevistas del concurso de méritos
Sin embargo, la Sala Electoral no accedió a las pretensiones de la demanda, al encontrar que ninguna de las irregularidades alegadas estaba acreditada y, en este sentido, concluyó que no tenían la entidad de afectar la legalidad del acto de elección del registrador nacional.
Caso del contralor
La Sala explicó que el demandado no fue reelegido, en contra de la prohibición del artículo 126 de la Constitución Política, “pues la nulidad de la designación del 18 de agosto de 2022 produjo efectos hacia el pasado, concretamente hasta el momento de la irregularidad que la afectó”.
Además, advirtió que no estaba inhabilitado por haber desempeñado gestión fiscal durante el lapso que ejerció el cargo, dado que las condiciones de elegibilidad fueron verificadas con relación al inicio del período 2022-2026, de conformidad con la orden impartida por la Corte Constitucional en la sentencia SU-138 de 2024.