Los cuestionamientos hechos por dos familias sobre la disposición final de los cuerpos de pacientes que han fallecido sin haber sido diagnosticados con COVID-19 abrió nuevamente el debate sobre la forma como se está procediendo en estos casos.
Estas dos familias critican que las clínicas no hayan esperado los resultados de las pruebas para decidir sobre la cremación de los cuerpos y sobre 'el derecho de los parientes' de despedirse del fallecido.
Para estos casos, el Ministerio de Salud ha establecido un protocolo que debe ser cumplido a cabalidad. Una de las medidas es la cremación de los cuerpos de pacientes que a la hora de fallecer sean sospechosos o confirmados con COVID-19.
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Los casos. Uno de los casos corresponde a un menor de cuatro años que falleció el pasado lunes, a las 7:30 p.m., en la Clínica La Asunción y que fue cremado. Su madre, Yasiris Trespalacios Meneses, aseguró que el procedimiento se realizó sin su autorización.
La mujer explicó que inicialmente llevó al menor a la EPS Sanitas para que un médico lo atendiera. De allí, debido a la condición de salud del menor, fue remitido en horas de la tarde a la Clínica La Asunción, donde fue recluido en una unidad de cuidados intensivos.
Estando en UCI el menor sufrió tres paros cardiacos que lo llevaron a la muerte. La madre del pequeño aseguró que antes del episodio le tomaron las pruebas para determinar si era portador del virus.
Yasiris Trespalacios señaló que el médico que atendió al menor escribió en la historia clínica que se trataba de un posible caso de COVID-19 y que debía ser cremado 'de manera inmediata', por razones sanitarias.
'Yo le pedí encarecidamente que esperáramos los resultados de la prueba porque al niño se le hizo el lunes en la mañana y llegaban a las 48 horas', aseguró.
Finalmente, el resultado, que llegó el miércoles a las 9:00 a.m., determinaba que el pequeño era negativo para coronavirus.
'Me dijeron que llamara a la funeraria para ver si me dejaban enterrar a mi bebé o por lo menos verlo, pero ya era muy tarde porque el cuerpo había sido cremado la misma noche que murió', relató la mujer.
Trespalacios aseguró que tomará acciones legales contra la clínica ya que 'cremaron el bebé sin mi consentimiento y sin esperar los resultados'.
Incumplen protocolos en el manejo de cadáveres en algunos municipios
Indicó que con la denuncia busca que las autoridades tomen cartas en el asunto, para que no se repitan estos casos.
Otra caso que conoció EL HERALDO fue el de una mujer de 86 años que falleció este miércoles en la Clínica Murillo tras ingresar por un cuadro respiratorio el lunes.
Xenia Bertel explicó que su tía Blanca venía padeciendo, desde hace 10 años, de insuficiencia respiratoria, producto de cocinar con leña. Aseguró que al ser llevada a la urgencia los médicos trataron a la fallecida como un supuesto caso de COVID-19 y así mismo lo registraron en el acta de defunción.
Bertel señaló que su familia no quiso firmar el documento porque querían cremar el cuerpo sin esperar los resultados que, según los médicos, los entregaban entre 5 y 7 días.
Cuestionó que estén tratando el caso como posible coronavirus, pero no le han practicado la prueba a una de sus hijas, que tuvo acercamiento durante los días que estuvo hospitalizada.
Manejo de fallecido por COVID-19. El Ministerio de Salud y Protección Social emitió una guía que deben seguir las instituciones prestadoras de servicios de salud, las autoridades competentes del orden nacional, autoridades judiciales, ciencias forenses, servicios funerarios y cementerios frente al manejo seguro, transporte de cuerpos de fallecidos por COVID-19 o sospechosos.
En el documento el Ministerio explicó que la disposición final de cadáveres de personas fallecidas por el virus se hará 'preferiblemente' por cremación. Cuando no se cuente con instalaciones para este procedimiento, en el territorio donde ocurrió el deceso, o si la disponibilidad del procedimiento no está al alcance económico de las personas, se hará inhumación en sepultura o bóveda individualizada.
La cartera de Salud dijo que el alistamiento del cadáver se realizará siempre en el lugar del deceso y no se permitirá el traslado hacia otra ciudad o municipio para su disposición final, salvo en las áreas metropolitanas y entre municipios vecinos cuando no existan servicios locales para la disposición final, y siempre y cuando el servicio funerario garantice condiciones seguras de traslado y se cuente con la autorización del municipio receptor.
En el documento se estipuló que el transporte, la cremación o inhumación, según sea el caso, deberá efectuarse en el menor tiempo posible, con el fin de prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus.
Por lo que se debe evitar la realización de rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas.
La entidad del orden nacional afirmó que con el fin de prevenir la propagación del virus a través de los cadáveres en el medio hospitalario o domiciliario y por el periodo que dure la Emergencia Económica, Social y Ecológica, las entidades territoriales municipales se harán cargo del transporte, la cremación o inhumación de personas fallecidas por COVID-19, declaradas como pobres sin seguridad social o pertenecientes a grupos vulnerables.
Los departamentos y el Gobierno nacional podrán concurrir con la financiación de estas actividades, previa definición de los costos básicos.