La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) emitió ayer la Resolución 4930 que reglamenta las cláusulas de permanencia que aplican para los servicios de comunicaciones fijas, entre los que se encuentran la telefonía fija, internet de banda ancha y televisión.
De acuerdo con el ente regulador, la vigencia mínima de los contratos solo será una condición cuando exista un cargo de conexión que se pague en cuotas diferidas. La medida, destacan, tiene que ver con la transparencia en la oferta de estos servicios pues con ello habrá información clara sobre los costos de los paquetes que se adquieren y el cargo de conexión de cada uno, lo que permitirá a los usuarios tomar decisiones más óptimas en ese ámbito.
'La medida determina que el cargo de conexión solo pueda incluir los costos asociados a la instalación de los servicios y no otros rubros. En los casos que el operador preste varios servicios a un mismo usuario (telefonía, internet y televisión), el cargo debe corresponder al valor de uno solo más los costos adicionales que se necesiten para conectar los otros', señaló la CRC en un comunicado.
Adicionalmente, explicaron que si hay un pago a plazos, el monto debe dividirse en el número de meses de la permanencia y generar con ello un costo lineal, lo que permitirá al usuario generar un pago con las cuotas pendientes si quiere terminar los contratos de manera anticipada.
Por otra parte, la Resolución también se refiere a las facturas que se emiten para los servicios de comunicaciones fijos y en ese sentido determinó que deben incluir, de manera explícita el valor total del cargo por conexión, la suma que fue diferida de dicho valor, las fechas de inicio y finalización de la cláusula de permanencia mínima, el valor que el usuario deben pagar si quiere terminar el contrato antes de las fechas pactadas.