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Este miércoles, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional confirmar el fallo de la sala civil especializada en Restitución de Tierras del tribunal superior del distrito de Cartagena, que ordenó la devolución de un predio a sus dueños originales.

Luego de tomar esta decisión, quien habitaba en el territorio consideró que se vulneró el derecho al debido proceso, el acceso a la administración de la justicia, propiedad rural y protección del campesino, pues no se reconoció su calidad de segundo ocupante, lo cual manifestó a través de una acción de tutela.

Entre tanto, el Ministerio Público recordó que se han tomado medidas de protección a favor de los segundos ocupantes, quienes también son sujetos vulnerables, pues han sido víctimas de despojo y han llamado a la protección del Estado.

No obstante, el Ministerio indicó que 'el procedimiento para hacer efectivos los derechos de los segundos ocupantes ha cambiado pues se estipuló que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas será la encargada de otorgarles las medidas de atención, en colaboración de las Direcciones Territoriales, la Dirección Jurídica y la Dirección Social'.

Además, señaló que 'a los segundos ocupantes se les exige no haber sido declarados de buena fe exenta de culpa en la sentencia de restitución, no haber participado en los hechos que llevaron al despojo o abandono forzado y verse afectados con la restitución del predio'.

Sobre el caso, el actor no fue reconocido ni como tercero opositor de buena fe exenta de culpa ni como segundo ocupando, por lo cual no cumple con los requisitos y no resulta procedente el otorgamiento de alguna medida de protección.