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El Consejo de Estado negó en segunda instancia la millonaria demanda de $117 mil millones de Sociedad Hidroituango contra EPM por supuestos incumplimientos en el contrato de desarrollo de la hidroeléctrica.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo confirmó el fallo que en noviembre pasado emitió el Tribunal Administrativo de Antioquia, señalando que un tribunal de arbitramento es el que debe definir si hubo o no incumplimiento en el contrato.

Al respecto, el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, señaló que el Consejo de Estado 'le ha dado la razón a EPM rechazando argumentos de la Gobernación de Antioquia que pedía le diéramos $117 mil millones por conflictos en Hidroituango. Seguiremos defendiendo a EPM y a Medellín a todo costo'.

'No hay prueba sobre el incumplimiento contractual por parte de EPM, porque las partes no lo reconocieron de común acuerdo como lo exige la cláusula 9.02, caso en el que se estaría en el primero de los escenarios, esto es que proviene del deudor, ni ha sido declarado por el juez que las partes acordaron en la cláusula 8.02, esto es un tribunal de arbitramento', indicó la alta corte.