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El Ministerio de Trabajo expidió una circular en la que se establece que ningún empleador puede exigir pruebas de covid-19 en medio de un proceso de contratación de empleados y, así mismo, las empresas no pueden despedir a un trabajador que haya dado positivo para coronavirus.

La cartera de lo laboral advierte que lo contrario configura una forma de discriminación y de violación de los derechos humanos.

'No es viable exigir al aspirante a un empleo o a un empleado que allegue al empleador una prueba del Sars Cov-2 (covid-19) como requisito de acceso o de permanencia en un puesto de trabajo, como tampoco, este tipo de pruebas pueden ser utilizadas como una forma de discriminación o de violación de los derechos de los trabajadores', señala el documento firmado por el ministro Ángel Custodio Cabrera.

No obstante, el Ministerio que las empresas, asumiendo el costo, pueden enviar a sus trabajadores a practicarse estas pruebas para prevenir contagios. Y aclara que si un puesto de trabajo exige que el empleado se realice la prueba, también asumirá sus costos el empleador.

El deber de la empresa, sostiene la cartera laboral, es implementar medidas de protección y apoyo de los trabajadores.