Compartir:

La Corte Constitucional estableció que el mural que cuestiona los mal llamados ‘falsos positivos’ o ejecuciones extrajudiciales con la pregunta de '¿Quién dio la orden?' puede quedarse en las paredes, los medios y las redes.

El alto tribunal echó para atrás la orden del 21 de febrero de 2020 del Juzgado 13 Civil de Bogotá, que dándole la razón a una tutela del general del Ejército, Marcos Pinto, dispuso al Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Movice, que borrara la imagen de protesta que incluye la foto del alto oficial y de otros colegas suyos señalados de participar en los ‘falsos positivos’.

El fallo, con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, advierte que las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales no cometieron un 'abuso del derecho a la libertad de expresión', ni violaron los derechos fundamentales al buen nombre y honra del alto mando castrense.

'Los ciudadanos tienen el derecho de denunciar de manera pública hechos y actuaciones que consideren irregulares y que sean atribuibles a servidores públicos', concluye la providencia.