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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP decidió excluir de la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz a Tilson Armando Bolaño Polanco, exjefe financiero del Hospital Materno Infantil del municipio de Soledad (Atlántico).

Bolaño Polanco fue condenado por los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación a favor de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales.

Según explicó la JEP, la Sala consideró que los aportes de Bolaño fueron insuficientes e insatisfactorios frente a los ofrecimientos efectuados y que los mismos fueron exiguos respecto a los estándares establecidos por la Sección de Apelación en la materia.

Además, dijo la Sala, los aportes que realizó Bolaño Polanco sobre situaciones en las que no está comprometida su responsabilidad fueron vagos, sin sustento y denotaron una clara ausencia de exhaustividad, donde tampoco hizo alusión a hechos o personas, más allá de datos que son de conocimiento público, por lo cual no superaron lo demostrado en la jurisdicción ordinaria, que es el umbral exigido en la justicia transicional.

La Sala concluyó que ante la precariedad de su aporte y su falta de proactividad, el exfuncionario del Hospital Materno Infantil de Soledad, Atlántico, incumplió con el régimen de condicionalidad, por lo que no se aceptó su solicitud de sometimiento y se ordenó su exclusión de la JEP.