La Procuraduría informó este miércoles en un comunicado que ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra el ministro de Transporte, William Fernando Camargo Triana, por las presuntas irregularidades en la decisión de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de revocar la concesión portuaria del Muelle 13 en Buenaventura, Valle del Cauca, que días antes le había sido adjudicada al Grupo Portuario S.A.
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Además del ministro serán investigados la viceministra general (e) del ministerio de Hacienda y Crédito, Sandra Yolima Esguerra Castañeda; la viceministra de política y normalización ambiental (e) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; el subdirector general de Prospectiva y Desarrollo Nacional del Departamento Nacional de Planeación, Juan Miguel Gallego Acevedo; la vicepresidenta de Gestión Contractual de la Agencia Nacional de Infraestructura, Carolina Jackeline Barbanti Mansilla; y el vicepresidente de Gestión Contractual y vicepresidente jurídico Ad Hoc de la ANI Gustavo Adolfo Salazar Herrán.
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El ente de control disciplinario validará 'las razones por las que el 28 de diciembre de 2023 el Consejo Directivo de la ANI, en sesión extraordinaria, decidió de forma unánime no aprobar la prórroga y modificación del contrato de concesión portuaria que había aprobado cinco días antes la solicitud de modificación de las condiciones del mismo, y declarar la pérdida de fuerza ejecutoria de la resolución emitida'.
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El Ministerio Público advirtió que los investigados habrían incurrido en falsa motivación, al argumentar en la retractación la posible generación de importantes afectaciones ambientales negativas al territorio de Buenaventura, sin que hayan aportado evidencias, ni tener concepto al respecto de la Superintendencia General de Puertos, y desconocer el emitido por el Establecimiento Público Ambiental (EPA), máxima autoridad ambiental en el área urbana y suburbana del distrito.
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'Los funcionarios pudieron violar el debido proceso en el trámite adelantado frente la solicitud de modificación sustancial del contrato de concesión portuaria, al desconocer la preclusión de las etapas, la conformación del consejo directivo, y por la no participación de este en el trámite del recurso de reposición', concluyó la Procuraduría.