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Las instituciones educativas no pueden expulsar a los estudiantes por tener sexo en su interior, determinó la Corte Constitucional, al manifestar que 'no basta con mantener la reserva en relación con el material probatorio (video) que mostraba a los estudiantes teniendo relaciones sexuales'.

'Es necesario adoptar diferentes medidas para salvaguardar la intimidad de los estudiantes, así como abordar de manera integral la valoración de la falta cometida, máxime si se trata de una institución educativa', dice la Corte.

Esto se da debido a que dos estudiantes de una escuela militar fueron expulsados de esa institución por tener sexo en interior de la institución, lo cual se comprobó al ser grabados por un cadete de la escuela sin su consentimiento.

Los jóvenes decidieron interponer una acción de tutela porque manifestaron que se vulneraron sus derechos, no solo el del debido proceso sino el de su intimidad.

'Como quiera que la respuesta de la expresión de la condición humana, una relación íntima en concreto, como expresión libre autonomía a la que tiene derecho cualquier persona, incluso en los espacios de mayor exposición social, no podría ser censurada sin primero darle el tratamiento social y psicológico que correspondía', dice en el documento.

La Corte decidió reintegrarlos a la institución, y estableció que se debe repetir el proceso disciplinario, que aplican para casos similares.